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Buscan crear el delito de violencia en espectáculos públicos en BC

Buscan crear el delito de violencia en espectáculos públicos en BC

redaccion
diciembre 14, 2023
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● En deportes como el beisbol, el basquetbol y el fútbol, se dan abundantes conductas de violencia por parte de ciertos aficionados.


● Pena de prisión de 1 hasta 4 años, a quien inicie o incite a cometer actos de produzcan daños, en estadios, centros deportivos o de espectáculos


Mexicali, B.C.- Con la intención de adicionar un nuevo Capítulo al Código Penal del Estado, para tipificar como delito aquellas conductas que desaten violencia en espectáculos públicos, el diputado Ramón Vázquez Valadez, presentó iniciativa ante Oficialía de Partes del Congreso.


“La práctica deportiva no puede verse avasallada o destruida por grupos violentos que han hecho presencia en escenarios deportivos y espectáculos públicos, especialmente en el fútbol, como ocurrió recientemente en la ciudad de Querétaro con la tragedia ya conocida”, expuso el inicialista.
Científicamente se ha definido que existen tres causas determinantes de violencia: el origen animal del comportamiento de las personas en grupos, la naturaleza de la actividad en sí misma y la influencia de problemas sociales.


Ramón Vázquez dijo que hablar de violencia en los espectáculos públicos y deportivos, no solo significa la violencia física, también hay que incluir la violencia verbal, la violencia por medio de gestos y la violencia simbólica representada por la vestimenta y los símbolos de los aficionados, entre otras cosas.
“Vivimos en una sociedad y en una cultura de violencia y conflicto; especialmente en deportes como el beisbol, basquetbol, y el fútbol, donde se dan abundantes conductas violentas”, manifestó el legislador.


Se ha demostrado la introducción a estadios, centros deportivos y espectáculos públicos, de diversas armas u objetos para causar lesiones hasta homicidios, así como materiales pirotécnicos y otros peligrosos para los asistentes.
Por lo anterior, Vázquez Valadez plantea prisión de seis meses a cuatros años a la persona que introduzca cualquier tipo de objeto o arma de las señaladas en artículo 245 del Código Penal, a un estadio, centro deportivo o de espectáculos públicos.


Y para quien inicie o incite a cometer actos que produzcan daños a las personas o bienes; antes, durante o después de un evento en establecimientos anteriormente descritos, se propone pena de prisión de 1 hasta 4 años.
También considera prisión de seis meses a dos años, a quien lance objetos que pongan en riesgo la vida e integridad física de las personas asistentes a estos eventos. Además, se podrá prohibir al inculpado, asistir a estadios o recintos de espectáculos deportivos, por un tiempo que puede ir de seis meses a cuatro años.

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