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Corte concede segundo amparo para el consumo recreativo de mariguana

1cnxadmin
By 1cnxadmin
abril 11, 2018
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Con el voto en contra del ministro Jorge Mario Pardo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió este miércoles un segundo amparo para el uso lúdico y recreativo de la mariguana.

El efecto de dicho amparo, interpuesto por el abogado Ulrich Richter Morales, es para efecto solo del promovente, aunque es significativo porque el caso avanza para alcanzar los cinco casos con votación en el mismo sentido lo que crearía jurisprudencia y garantizaría efectos generales.

En sesión de este miércoles la Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que establecen la prohibición para que la Secretaría de Salud autorice al ciudadano consumir mariguana con fines lúdicos y recreativos.

Según el amparo en revisión 1115/2017, el quejoso se amparó contra los artículos 235, 237, 245, 247, 248, 234, 368 y 479, Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2015, aunque solo se le amparo por los primero cinco artículos, el resto fueron validados.

Lo anterior luego de que la Secretaría de Salud le negó el permiso para ejercer los derechos correlativos al “autoconsumo” lúdico y recreativo de la mariguana, tales como la siembra, cultivo, cosecha, preparación, acondicionamiento, posesión, transporte en cualquier forma, empleo y uso.

Explicó que en su petición dejó claro que su solicitud excluía los actos de comercio, como la distribuciónenajenación transferencia, pese a lo cual la autoridad federal le negó el permiso por lo que pidió el amparo con base en un antecedente aprobado por el Tribunal Constitucional.

En noviembre de 2015, la misma Primera Sala de la SCJN emitió un fallo histórico, al avalar, por cuatro votos a uno, con el voto en contra del propio ministro Pardo, el cultivo, transporte y consumo de mariguana con fines lúdicos o recreativos.

El efecto de dicho amparo solo aplicó para Josefina Ricaño, Armando Santacruz, Juan Francisco Torres y José Pablo Girault, quienes en 2015 se ampararon contra los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, que este miércoles fueron declarados nuevamente inconstitucionales.

Aquella sentencia, elaborada por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, concluyó que la prohibición total de consumo de la mariguana es anticonstitucional porque atenta contra el libre desarrollo de la personalidad.

En el caso de este miércoles, el ponente era el ministro Mario Pardo quien estaba en contra de conceder el amparo, pero ante la decisión contraria de los cuatro ministros restantes tuvo que ajustar su proyecto por conceder el amparo.

Información El Financiero.

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