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PROPONEN REFORMAS A LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

PROPONEN REFORMAS A LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

redaccion
By redaccion
junio 21, 2023
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• Se busca cubrir huecos legales en caso de licencias o terminación de periodo de los comisionados.
• La diputada Amintha Guadalupe Briceño Cinco presentó por separado sendas iniciativas
Mexicali, B.C.,.- Dos iniciativas de reforma, con el propósito de reformar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, en sus artículos 28 y 32, fueron presentadas por la diputada Amintha Guadalupe Briceño Cinco, mismas que fueron turnadas a comisiones para su análisis y dictaminación.
La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, regula las funciones del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California.
Se trata de un organismo constitucional autónomo, especializado, independiente, imparcial y colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos de acceso a la información y la protección de datos personales
En el primer caso, la reforma sobre el artículo 28, la diputada Briceño Cinco plantea que se le agregue un párrafo para que quede así: En caso de que, por cualquier circunstancia no haya sido designado el Comisionado que, al término del nombramiento del que será sustituido, este último continuará en funciones hasta la elección y toma de protesta del nuevo Comisionado, sin que ello implique una ratificación.
Por lo que hace al artículo 32 la propuesta es para que quede así: Para ausentarse de su cargo los Comisionados deberán solicitar licencias temporales o definitivas. Se entenderá por licencias temporales aquellas que otorgue el Pleno a los Comisionados para ausentarse de sus funciones por más de siete días hábiles y hasta treinta días hábiles.
Las ausencias serán cubiertas por el Comisionado suplente. En tanto dure la Suplencia, el Comisionado Suplente tendrá derecho a percibir la remuneración que corresponde a un Comisionado Propietario con independencia de que supla la ausencia de uno o más Comisionados.
La legisladora explicó que por disposición legal el Instituto debe contar con tres personas Comisionadas Propietarias quienes integrarán el Pleno del Órgano Garante, asimismo contará con una persona Comisionada Suplente quien atenderá las ausencias de alguna de las personas Comisionadas ante ausencia temporal o definitiva. Las decisiones del Pleno se tomarán por mayoría de votos.
Enseguida mencionó que en fecha 22 de abril de 2016, fue reformado el artículo 7 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y en los transitorios del decreto se estableció que las personas Comisionadas Propietarias y Suplente que tomaran el encargo a partir del primero de junio de dos mil diecinueve, por única ocasión, serían designadas mediante nombramiento por 3, 4 y 5 años, con la finalidad de que los posteriores nombramientos se realizaran de forma escalonada.
Atento lo anterior, el 31 de julio de 2022 dio por terminado el encargo por 3 años de la C. Cinthya Denise Gómez Castañeda, siendo el 31 de julio del presente año, la fecha de término del encargo por 4 años del Comisionado Propietario Jesús Alberto Sandoval Franco, quedando vigentes únicamente los nombramientos de la Comisionada Propietaria Lucía Ariana Miranda Gómez y el Comisionado Suplente José Rodolfo Muñoz García, sin que a la fecha se haya emitido convocatoria y/o designado a quien supliría a los primeros dos.
Con la terminación del encargo del Comisionado Propietario Jesús Alberto Sandoval Franco el próximo 31 de julio de 2023, el Instituto contará únicamente con dos personas Comisionadas, situación que propiciará una afectación al debido funcionamiento del Órgano Garante y consecuentemente a la tutela efectiva de los Derechos Humanos constitucionalmente reconocidos de acceso a la información y de protección de datos personales.
Para atender situaciones como las que tiene ahora el Instituto y las que se puedan presentar a futuro y no afectar su operatividad, es que se plantean las dos iniciativas de reforma.

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