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SCJN declara constitucional participación de las Fuerzas Armadas hasta 2024

SCJN declara constitucional participación de las Fuerzas Armadas hasta 2024

redaccion
By redaccion
diciembre 01, 2022
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La Corte discutió en el Pleno la controversia constitucional 90/2020 promovida en contra del denominado “acuerdo militarizador” por diputados federales del bloque opositor

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionalmente valida

la participación de las Fuerzas Armadas en el país hasta 2024 bajo un marco legal y regulado, así como determinó que no existe invasión de las facultades del Ejército a cuestiones civiles, esto durante la sesión de este jueves 29 de noviembre con ocho votos a favor y tres en contra de los ministros de la Corte. Al hacer uso de la palabra en el Pleno, la ministra ponente Margarita Ríos-Farjat se pronunció por declarar infundada la controversia constitucional que interpusieron diputados federales del PAN, PRI, PRD y MC en contra del decreto que establece que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) tenga el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional.

“Es procedente, pero infundada la controversia constitucional que interpuso la expresidenta de la Cámara de Diputados, la panista Laura Rojas, contra el mencionado acuerdo, el cual se extendió en septiembre para alargar la permanencia de las Fuerzas Armadas en las calles hasta 2024″, sostuvo la jurista.

La ministra afirmó que el acuerdo no significa que se normalice la militarización y se renuncie a la formación de una Guardia Nacional (GN). “En el caso, el Acuerdo controvertido, si bien es vehículo para materializar la decisión proveniente de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, no implica por sí solo esa materialización, sino que el Presidente de la República únicamente instruyó a sus subordinados a coordinarse para la observancia del mandato del constituyente y asistir cuando excepcionalmente se requiera, en las labores de la Guardia Nacional, que es el cuerpo policial civil federal”, explicó en su intervención.

Mientras que el ministro Luis María Aguilar se pronunció por la inconstitucionalidad de este proyecto, pues aseguró que las tareas de seguridad pública por el Ejército rebasan las labores de las Fuerzas Armadas. Además preció que el acuerdo presidencial impugnado no motivó legalmente la autorización a las Fuerzas Armadas, que debe ser extraordinaria y excepcional, por lo que no se satisface el requisito de regulación.

Al respecto, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, aclaró que al máximo tribunal no le compete determinar si deben o no utilizarse las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, ni sobre cómo debe enfrentarse el crimen organizado. “Lo único que nos toca resolver es si el Ejecutivo Federal ejerció correctamente la facultad de disposición sobre las fuerzas armadas permanentes en tareas de seguridad pública que le otorgó el poder reformador de la Constitución en el artículo 5º transitorio del decreto de reformas de marzo del 20192″, expuso.

“Quiero insistir en que el hecho de que esta Suprema Corte valide la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, hasta en tanto otras instituciones de carácter civil, como la Guardia Nacional, concluyen su integración o adiestramiento, de ninguna manera significa que este Tribunal este autorizando la militarización de la seguridad pública”, insistió Zaldívar.

Y es que el pasado 11 de octubre diputados del bloque de oposición presentaron en la SCJN una acción de inconstitucionalidad en contra del Decreto en Materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de septiembre de 2022. Los legisladores consideraron que esta legislación “viola la Constitución”, al desplazar del ámbito civil al militar el control de la Guardia Nacional.

Por ello, con esta resolución de los ministros determinaron que será la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) la dependencia de Estado responsable de combatir a los principales generadores de violencia en México, tales como el narcotráfico, extorsión, secuestros y homicidios dolosos, entre otros delitos y situaciones de seguridad pública.

Antecedente

  • Pese a haber prometido regresar a las Fuerzas Armadas a los cuarteles, el 11 de mayo de 2020 el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó un decreto por el que dispuso de éstas para participar en tareas de seguridad pública junto con la Guardia Nacional.
  • En el proyecto que se sometió a consideración de la Corte se reconoce la capacidad que se dispone de la Fuerza Armada para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria en la República mexicana.

Así lo expresaron:

  1. “Se reconoce la validez del Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, publicado el once de mayo de dos mil veinte en el Diario Oficial de la Federación”, argumentó la ministra Margarita Ríos-Farjat.
  2. “Quiero insistir en que el hecho de que esta Suprema Corte valide la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, hasta en tanto otras instituciones de carácter civil, como la Guardia Nacional, concluyen su integración o adiestramiento, de ninguna manera significa que este Tribunal este autorizando la militarización de la seguridad pública”, precisó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

Datos:

  1. Con ocho votos a favor y tres en contra, la Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el proyecto de ministra Ríos-Farjat que validaba la presencia de las Fuerzas Armadas en la calles del país para hacerse cargo de las tareas de seguridad y protección ciudadana hasta 2024, lo cual ratifica, por el momento, el mando militar en la Guardia Nacional (GN).

¿Quiénes votaron a favor?

  1. Margarita Ríos-Farjat, la ministra ponente
  2. Loretta Ortiz Alhf
  3. Javier Laynez Potisek
  4. Yasmín Esquivel Mossa
  5. Mario Pardo Rebolledo
  6. Norma Piña
  7. Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
  8. Arturo Zaldívar.

En contra

  1. Luis María Aguilar Morales
  2. Juan Luis González Alcántara Carrancá
  3. Alberto Pérez Dayán
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